Cómo solicitar la NUEVA ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio La solicitud de la nueva ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio se presenta mediante el formulario electrónico disponible en la web de la AEAT,
El plazo para la presentación de la solicitud de ayuda empieza el 15 de febrero y termina el 31 de marzo de 2023. El acceso y la presentación del formulario requiere identificarse con Cl@ve, certificado o DNI electrónico, Además del propio titular de la declaración también puede presentarla un tercero que actúe en su nombre mediante apoderamiento (presentación: GC50P y consulta: GC50C) para realizar este trámite o por colaboración social privado (convenio 001, 002 y 008) y colaboración social público (convenio 098 y 097).
Tras identificarte, accederás a la pantalla de cumplimentación de datos. Ten en cuenta que, para una correcta cumplimentación, evitar errores y retrasos en la tramitación, las casillas marcadas con un asterisco (*) son obligatorias. No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el Ingreso Mínimo Vital ( IMV ) o una pensión o las rentas obtenidas en 2022 (incluidas las que perciban los convivientes) excedan de 27.000 euros íntegros.
- Datos del solicitante : Cumplimenta los datos identificativos del solicitante de la ayuda, NIF o NIE, apellidos y nombre (por este orden) y un número de teléfono que tendrás que repetir nuevamente en la casilla que se abre a continuación. Verifica el número de teléfono ya que es un dato que se valida. Ten en cuenta que si el domicilio fiscal del solicitante se encuentra en el País Vasco o Navarra deberás presentar la solicitud de esta ayuda en las instituciones Vascas y Navarras.
- Cuenta bancaria: Introduce el código IBAN sin espacios de una cuenta bancaria en la que el solicitante sea titular y donde se realizará el abono. Es posible que, al validar la solicitud, aparezcan avisos referentes al IBAN ; ten en cuenta que son avisos que hay que revisar pero que no impiden la presentación. No obstante, si has copiado y pegado el IBAN desde la web o la APP de la Entidad Bancaria, es posible que el número de cuenta no esté completo o en el formato adecuado. El código IBAN debe cumplimentarse sin espacios entre los dígitos.
-
- Condiciones:
- Marca las casillas que reflejen la situación del solicitante durante el año 2022.
- Deberás marcar al menos una de las dos primeras opciones. Además, debes marcar la casilla que confirma que has tenido tu residencia habitual en España:
- Desempeñaba un trabajo o realizaba una actividad económica por la que estaba de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad.
- Ha sido beneficiario de la prestación o subsidio por desempleo.
- Ha tenido su residencia habitual en España.
- Domicilio de residencia a 31 de diciembre del 2022 Cumplimenta los datos del domicilio que constituía la residencia del solicitante a 31 de diciembre de 2022. Selecciona la situación del inmueble e indica la referencia catastral del domicilio, salvo que el inmueble no tenga asignada referencia catastral. Si no conoces la referencia catastral de tu domicilio dispones del botón “Buscador Catastro” que te abre una nueva pestaña con la página del catastro para que puedas obtener la referencia catastral del inmueble después de indicar los datos del mismo.
- Relación de convivientes en el domicilio de residencia Cumplimenta las casillas NIF / NIE, apellidos y nombre (por este orden) de las personas que a 31 de diciembre de 2022 residían con el solicitante. Para añadir más personas, pulsa el botón “Añadir conviviente”. Si alguno de los convivientes tiene menos de 14 años y no dispone de NIF deberás cumplimentar su fecha de nacimiento. Los convivientes deben cumplir al menos uno de estas condiciones:
- “Estén unidos a usted como cónyuge o pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho de la respectiva Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma”
- “Sean descendientes menores de 25 años, o con un grado de discapacidad igual o superior al 33% cualquiera que sea su edad, que pudiesen dar derecho a aplicar el mismo por descendientes”
- “Sean ascendientes hasta segundo grado por línea directa”.
Para los casos de parejas de hecho se ha habilitado la casilla “No presto mi consentimiento para la consulta de los Registros de parejas de hecho”, si la marcas deberás aportar documentación que justifique esta circunstancia a través del apartado “Aportar documentación complementaria” consignando el CSV del justificante de la solicitud presentada.
- Declaración Para presentar la declaración deberás marcar la casilla en el que el solicitante declara, bajo su responsabilidad, que todos los datos introducidos en el formulario son correctos.
Una vez introducidos todos los datos haz clic en “Validar declaración” para comprobar si existen errores o avisos. Se mostrará la relación de errores y avisos detectados, a los que puedes acceder para su corrección desde el botón “Ir al Error” o “Ir al Aviso” junto a la descripción del fallo. Si no se detecta ningún error, en la descripción se informará de que no hay errores.
- A continuación, haz clic en “Firmar y Enviar” para presentar la solicitud una vez cumplimentada y validada.
Por último, aparecerá una ventana con la información codificada y los datos del presentador y el solicitante. Marca la casilla “Conforme” y pulsa “Firmar y Enviar” para finalizar la presentación.
- Si todo es correcto, obtendrás la hoja de respuesta en la que aparezca “Su presentación ha sido realizada con éxito” con un PDF incrustado que contiene una primera hoja con la información de la presentación (número de entrada de registro, Código Seguro de Verificación, número de justificante, día y hora de presentación y datos del presentador) y, en las páginas posteriores, la copia completa de la solicitud.
: Cómo solicitar la NUEVA ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio
Contents
¿Qué necesito para pedir la ayuda de los 200 €?
Preguntas frecuentes sobre la PRIMERA ayuda de 200 euros para personas físicas Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados. No tienen derecho a la ayuda quienes, a fecha 27 de junio de 2022:
Perciban el Ingreso Mínimo Vital o Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo).
Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que, a 27 de junio de 2022:
Tengan residencia legal y efectiva en España y la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior. Realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o Estén inscritos como desempleados en la oficina de empleo, estén cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo. Las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros íntegros (es decir, el importe bruto percibido sin descontar gastos ni retenciones) y el patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros,
Esta ayuda puede solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2022. Sí. Para solicitar la ayuda es necesario que la suma de las rentas de todas las personas que convivan en el mismo domicilio, obtenidas en 2021, sea inferior a 14.000 euros íntegros anuales (es decir, el importe bruto percibido sin descontar gastos ni retenciones) y su patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales.
como cónyuge o pareja con al menos dos años de antelación por relación de parentesco hasta el tercer grado, incluidos los afines (ejemplos: hijos, hermanos, abuelos, tíos, nuera, nietos), así como quienes convivan con cualquiera de los anteriores en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Se deben tener en cuenta los ingresos y patrimonio de las personas que convivan con el solicitante en el mismo domicilio a 1 de enero de 2022 y tengan entre ellos una relación, que puede ser:
matrimonial o de pareja con al menos dos años de antelación, relación de parentesco hasta el tercer grado incluidos los afines (ejemplos: hijos, hermanos, abuelos, tíos, nuera, nietos), así como quienes convivan con cualquiera de los anteriores en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Por tanto, no se tendrán en cuenta los ingresos y patrimonio de otras personas convivientes en el mismo domicilio que no estén unidas por los vínculos anteriores. Las relaciones de parentesco hasta el tercer grado, incluidas tanto por consanguinidad como afinidad, serían aquellas que refieren a las relaciones con hijos, padres, suegros, yerno/nuera, abuelos, hermanos, nietos, cuñados, tíos, sobrinos, bisabuelos y biznietos.
Los ingresos y la cuantía del patrimonio del beneficiario se calcularán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20, apartados 1, 4 y 5 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital. Por tanto, para el computo del patrimonio no se tendrá en cuenta la vivienda habitual.
El plazo para la presentación de estas solicitudes finalizó el 30 de septiembre de 2022. No, no hay que aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.
Los solicitantes de esta ayuda cuyo domicilio fiscal se encuentre en el País Vasco o Navarra deberán solicitarla a las Instituciones Vascas o Navarra. Si el solicitante está de acuerdo con los motivos de denegación informados, puede desistir de su solicitud, dando de baja el formulario presentado. Para realizar esta gestión será necesario identificarse con o certificado electrónico.
También se puede desistir (baja) de la solicitud, en nombre de un tercero, por apoderamiento o colaboración social. La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria. Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada. Para información general puedes llamar al teléfono de Información Tributaria Básica: 91 554 87 70 o 901 33 55 33. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
: Preguntas frecuentes sobre la PRIMERA ayuda de 200 euros para personas físicas
¿Dónde está el formulario de la ayuda de 200 euros?
Cómo consultar la solicitud de ayuda de 200 euros presentada El acceso a la consulta de las solicitudes presentadas requiere identificación mediante certificado electrónico, DNI e o Cl@ve. En el formulario aparecerá cumplimentado por defecto el NIF de la persona que se ha identificado, el modelo “GAS – GESTIÓN DE AYUDAS SECTORIALES DIRECTAS” y el ejercicio “2023”. Para obtener el justificante y el formulario cumplimentado de la solicitud presentada haz clic en “Ver” de la columna “Obtención de Justificante”,
Si pulsas “Ver” de la columna “Descarga fichero presentado” obtendrás un fichero de texto con los datos presentados. Se descargará en la carpeta que tengas asignada para las descargas según el navegador que hayas utilizado. En la columna “Observaciones” obtendrás información sobre tu expediente, si está acordada la solicitud o si existe alguna incidencia. Si deseas modificar algún dato del formulario inicialmente presentado debes dar de baja la solicitud presentada utilizando el botón “Dar de baja” de la columna “Desistir”. Por último, para que se haga efectiva la baja, en la ventana “Confirmar Baja”, haz clic en “Sí”. Además, dispones de una opción para mostrar el estado de las solicitudes presentadas, en una nueva columna con el valor “Baja” o “Alta” si se marca la casilla “Mostrar declaraciones en estado de baja”.
: Cómo consultar la solicitud de ayuda de 200 euros presentada
¿Cómo saber si te van a dar la ayuda de 200 euros?
Para comprobar si la ayuda de 200 euros ha sido aceptada, hay que acudir a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y seleccionar la opción ‘Consulta de solicitudes presentadas’.
¿Cuánto tarda en llegar la ayuda de 200 €?
¿Cuándo se cobra la ayuda de 200 euros? – A pesar de que el cheque de 200 euros se anunció como medida anticrisis para principios de 2023, Hacienda dio de plazo hasta el 31 de marzo para tramitar la ayuda y podría empezar terminar de llegarle a todos los solicitantes a finales de mes,
¿Cuántas personas pueden pedir la ayuda de los 200 euros?
¿Quién puede solicitar la ayuda 200 euros dentro de una unidad familiar? – Para dentro de una unidad familiar, se deberá reunir los requisitos que dan acceso a la ayuda. Es decir, tener una residencia legal y efectiva en España y, por otra parte, tener ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros. El gobierno explica que solo uno de los miembros puede solicitar la ayuda de 200 euros Reuniendo los, pero el Gobierno y la ley aclaran que solo podrán solicitarlo uno dentro de la unidad, En decir, por ejemplo, en el caso de hijos que convivan con los padres solo podrán solicitarlo uno de ellos.
¿Qué significa desistir en la ayuda de 200 euros?
Si te da la opción de desistir, significa que la Agencia Tributaria aún no ha revisado tu solicitud. Sigue estos pasos para estar informado sobre el estado de tu solicitud.
¿Cómo pedir el cheque de gasolina?
Dónde solicitar el nuevo cheque para gasolina de 100 euros – Si quieres beneficiarte de esta ayuda para la gasolina de 100 euros en 2023 tienes que presentar antes del 30 de junio los siguientes documentos: – Una declaración responsable donde se señale expresamente que se ha visto afectado económicamente por las consecuencias originadas por la guerra de Ucrania.
¿Cuándo se hace la declaración de la renta del 2023?
Fechas clave de la campaña de la Renta del año 2022/2023 La campaña para presentar el IRPF del año 2022 (que se presenta en 2023) comenzó el pasado martes 11 de abril y finalizará el 30 de junio, según se indica en el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.
¿Cómo se puede solicitar la ayuda? La ayuda se solicitará a través del formulario electrónico disponible en la página web de Hacienda Foral de Navarra. Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e).